Para el ejercicio de las funciones de seguridad privada, el personal habrá de obtener previamente la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior, en los términos que reglamentariamente se determinen.
A quienes soliciten la habilitación, previa comprobación de que reúnen los requisitos necesarios, se les expedirá la tarjeta de identidad profesional, que incluirá todas las habilitaciones de las que el titular disponga.
Existen dos tipos de Certificados de profesionalidad en Vigilancia y seguridad privada:
– Protección de personas (escolta)
-Protección de explosivos